La provincia adoptó el nuevo protocolo que garantiza el derecho al aborto legal en territorio bonaerense

La primera resolución del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual es aquella por la cual la provincia de Buenos Aires adopta el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”, con las actualizaciones incorporadas por el Ministerio nacional el pasado 12 de diciembre.

Salud - Prevención 13/01/2020Ale SachettiAle Sachetti
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 La firma se realizó en la Sala de Situación de la cartera sanitaria provincial y estuvo a cargo de la ministra Estela Díaz y del ministro Daniel Gollán. “Hoy estamos poniendo en marcha algo que tendría que ser una naturalidad, estamos hablando de aquello que en Argentina es legal, pero consideramos que a partir de contar con esta herramienta habrá gente de los equipos de salud que va a empezar a perder el miedo y a participar del acceso a este derecho de forma rutinaria” señaló Gollán.

 Por su parte, Díaz mencionó que “la guía que se acaba de actualizar es construida sobre la que hizo Daniel (Gollán) en 2015, siendo ministro de Salud de la Nación”, y detalló que servirá a los equipos de salud para guiar los procedimientos en interrupciones legales del embarazo contempladas por el Código Penal en su artículo 86 incisos 1 y 2. “Estamos hablando de una legislación del año 1921, centenaria, y se establece qué procedimientos realizar para cuando el aborto produce un problema para la salud y la vida de la mujer, o en los casos en que el embarazo es producto de una violación”.

 Los ministros explicaron que esta guía toma las últimas indicaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de la Salud para que el procedimiento quede más claro, haya menos intermediarios y genere mayor accesibilidad, en definitiva, “para que se garantice el derecho a la salud de algo que es totalmente legal”.

 En cuanto a la objeción de conciencia, Díaz explicó que ya estaba contemplada en protocolos previos y detalló que en esta nueva guía queda claro que es un derecho individual, pero que las instituciones de salud pública deben garantizar en todos los casos pertinentes el acceso a los abortos no punibles.

 Los ministros aseguraron que los hospitales tienen los recursos y el personal idóneo para llevar a cabo los procedimientos contemplados en el protocolo pero que, no obstante, “hay lugares donde hay barreras indebidas al acceso”.

A l respecto, la ministra insistió en la necesidad de aplicar el protocolo y no demorar los procedimientos porque para la salud de la mujer y para el sistema de salud público “es costosísimo cuando llegan mujeres con interrupciones del embarazo realizados en el circuito clandestino e inseguro; en cambio, la práctica del aborto en el primer trimestre de gestación es sencilla, medicamentosa y hasta se puede atender no sólo en los hospitales, sino en los centros de atención primaria de la salud”.

 Gollán acotó que además de la ILE “está la otra gran discusión que es la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) que en algún momento tendrá que darse y creo que no va a pasar mucho tiempo para ese debate en el Congreso”. El ministro expresó que una vez que se logre que el aborto sea legal “tendremos la herramienta para avanzar en otros derechos que hoy faltan y que le siguen costando la vida a mujeres pobres que no pueden acceder a un aborto seguro”.

 Díaz contó, también, que el Gobernador Axel Kicillof “estaba muy contento con esta primera resolución, porque era una deuda pendiente con las mujeres y con las personas gestantes de la provincia de Buenos Aires”.

 Previo a la firma, la ministra dijo que esta decisión constituye “un homenaje a alguien que peleó mucho por esto, que tenía una hija con retraso madurativo abusada por el tío y cuyo caso se encuadraba claramente en el marco legal de la Argentina”. Recordó que ese caso, conocido como “LMR” fue judicializado indebidamente y concluyó con una condena contra el Estado argentino por haber obstruido el derecho de la joven en el año 2007.

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