El concejal Barnech sobre los acuerdos UCR - Massismo y la gestión Sciaini

El concejal Hermes Barnech del bloque “Primero Roque Pérez” estuvo presente en el programa “Vivo con vos” este viernes por la mañana. Durante la entrevista se refirió al debate que tuvo lugar en la última sesión del HCD con el concejal de la UCR Fernando Millán y a la Presidencia del Concejo. Sobre la gestión Sciaini dijo que “no arrancó, le veo falta de gestión, falta de comunicación con el pueblo y con el concejo, muchos viajes del intendente y poca presencia, lo veo desarmado”.

Actualidad 19/05/2024 Ale Sachetti Ale Sachetti
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  En la sesión de este martes en el HCD hubo un fuerte cruce entre los concejales Millan (UCR) y Barnech (Primero Roque Pérez) sobre el proyecto Ficha Limpia (se puede leer al final de esta nota). Durante la entrevista realizada este viernes en el Programa Vivo con Vos, el concejal Barnech dijo que “la sesión fue un epílogo de un mes y medio discutiendo en comisión sobre el proyecto de ficha limpia”. En el debate que se llevó adelante en el Recinto Barnech le respondió a Millan que las “señales de ética también se dan no haciendo acuerdos espurios para llegar a la presidencia del Concejo Deliberante”, lo que generó malestar en el radicalismo.      

 Durante la entrevista, el concejal destacó que “la palabra espuria la retire luego, pero quiero que me expliquen - si hablan tanto de la ética, la moral y la UCR - cómo llegaron con dos concejales a la presidencia del Concejo. No sé de qué manera llegaron. Millan se olvida que fue en la lista de Cravero, integraron lista, llegaron a la preparatoria con seis concejales, yo flotando, porque de un lado me fui y del otro no me quieren”, “me abstuve en esa votación”, el bloque “Axel conducción tampoco voto”. “Todo terminó en arreglo entre la UCR y el Massismo”. “Le explicaron a los afiliados cómo llegaron a ese arreglo”. 

  Respecto al trascendido que señala que solicitó una sesión especial, mencionó que “está en proceso, el pedido tiene que ser de tres concejales, fui solo, por ahora no es viable. A lo mejor se suman dos concejales más. No sabía que había trascendido”, dijo. 

  Sobre quién debería presidir el Concejo expresó que en diciembre “pensaba que la presidencia tendría que haber estado en manos de la lista ganadora, había ganado muy bien la elección”, “el radicalismo tiene dos concejales, la gestión anterior dos concejales, el otro bloque cuatro (había sido el derrotado) pero no llegue ni a plantearlo, hoy tengo mis dudas sobre quién debería estar en la presidencia”. 

Respecto a si se puede presentar una iniciativa para modificar la presidencia señaló que “sí, con tres concejales”.

En cuanto a la gestión del Intendente Sciaini destacó que “le veo falta de gestión, falta de comunicación con el pueblo y con el concejo, mucho viaje del intendente y poca presencia, lo veo desarmado, no va a gustar lo que digo pero el gobierno anterior en muchas áreas dejó la vara muy alta, como en salud, discapacidad, educación, en deportes, esta gestión no comunica bien, van a transcurrir seis meses y no arrancaron. Sí veo trabajo de Vinay a cargo de la subsecretaria de Inspección”.

 Sobre los pedido de informe que esta gestión municipal tampoco responde, Barnech dijo que “voy a hacer lo que no hizo la gestión anterior del HCD, si no responden los pedidos de informe hay que ir a la justicia porque no cumplen su deber como funcionario público. Estoy muy preocupado por el CDI (Centro de Desarrollo Infantil) obra que está parada”.

Compartimos la entrevista completa 

Proyecto Ficha limpia:

VISTO: La necesidad de adoptar medidas locales sobre las obligaciones a cumplir de los funcionarios designados tanto por el Departamento Ejecutivo, como el Departamento Legislativo y por los ciudadanos a través del voto, buscando continuar con la iniciativa de “Ficha Limpia”. Y-

CONSIDERANDO: Que es objetivo de la implementación de “Ficha Limpia” evitar que las personas condenadas puedan acceder a cargos Público Municipales.

Que la misma impulsa la ética y la transparencia en la función pública.

Que es hora de dar señales claras desde la política, poniendo en marcha herramientas que otorguen mayor calidad a las instituciones, fortaleciendo los pilares de nuestra democracia, que velan por la transparencia y la lucha contra la corrupción.

Que a través de esta iniciativa se busca evitar que quienes hayan cometido delitos de corrupción sean considerados una opción electoral valida ya que tienen la responsabilidad de representar a sus pares.

Que es una obligación legislar sobre herramientas que buscan la mayor transparencia en la función pública.

Que es necesario impulsar los requisitos de todo aquel que quiera ocupar un cargo electivo, para que los mismos sean personas de conducta intachable.

Que la herramienta de Ficha Limpia ya rige en la actualidad en diferentes países Latinoamericanos y en Argentina la demanda social exige su inmediata aplicación.

Que con este tipo de iniciativas claramente se elevarán los requisitos para la elección de los cargos de todos aquellos que pretendan ser candidatos, subiendo la vara de transparencia que debiera existir en todos los ámbitos del estado.

Que es menester, cuidar lo logrado en estos Años de claridad y compromiso, a fin de no retroceder. El pasado nos debe servir de enseñanza para un mejor futuro.

Por todo ello

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Encomiéndese al departamento Ejecutivo la implementación del sistema de “Ficha Limpia” ante la necesidad de adoptar medidas sobre las obligaciones a cumplir de los funcionarios designados tanto por el Departamento Ejecutivo, como el Departamento Legislativo y por los ciudadanos a través del voto.

1. Intendente.

2. Juez de Faltas

3. Secretarios.

4. Contador.

5. Jefe de Compras.

6. Tesorero.

7.  Subsecretarios.

8.  Directores.

9.  Concejales.

10. Delegados Municipales.

ARTÍCULO 2°: La presente Ordenanza tiene por objeto que aquellas personas condenadas en primera y segunda instancia sobre los siguientes delitos dolosos graves: como los que están relacionados con hechos de corrupción, o los que se cometen contra la integridad    sexual de las personas, no puedan acceder a ser designados como funcionarios públicos Municipales. 

1°) Los delitos previstos en los Capítulos I y II del Título IX (delitos contra la seguridad de la Nación) del Libro Segundo del Código Penal de la Nación.

2°) Los delitos previstos en los Capítulos I y II del Título X (delitos contra los poderes públicos y orden constitucional) del Libro Segundo del Código Penal de la Nación.

3°) Los delitos previstos en los Capítulos VI (cohecho y tráfico de influencias); VII (malversación de caudales públicos); VIII (negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas); IX (exacciones ilegales); IX bis (enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos) y XIII (encubrimiento) del Título XI del Libro Segundo del Código Penal de la Nación.

4°) El delito de fraude en perjuicio de la administración pública previsto en el artículo 174 inc. 50 del Código Penal de la Nación.

5°) Los delitos previstos en el Título XIII (delitos contra el orden económico y financiero) del Libro Segundo del Código Penal de la Nación.

6°) El delito de femicidio, violencia de género o abuso sexual en todas las modalidades previstas en el Código Penal.

7°) Aquellos delitos que se incorporen al Código Penal de la Nación o por leyes especiales, en cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la Convención Interamericana contra la Corrupción o cualquier otra ratificada por la República Argentina en la materia.

ARTÍCULO 3°: Sera requisito para ocupar los cargos mencionados en el Artículo 1°, la presentación al Departamento Ejecutivo Municipal, de la siguiente documentación:

A. Certificado de antecedentes penales.

B. Libre deudor alimentarios de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 4°: Elévese copia de la presente a los Honorables Concejos Deliberantes de la séptima sección electoral de la Provincia de Buenos Aires solicitando su adhesión, a la Cámara de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

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